Tiempo de lectura: 2 mins

La rentabilidad razonable de las instalaciones renovables

Escrito por: José Javier Alonso

Publicado: 18 mayo 2014

Ya queda menos para que se publique en el Boletín Oficial del Estado la Orden Ministerial que tanto se está haciendo esperar donde se regula la rentabilidad razonable del 7,39% para las instalaciones de renovables y de cogeneración que ya se encuentren en funcionamiento, así como del 7,5% para las que entren en un futuro.

fotoWind turbines and solar panels on sunflowers field

En la misma se definen más de 1.400 estándares retributivos (806 para la cogeneración, 576 para la fotovoltaica, 23 para la eólica, 18 para la termosolar, etc.), y se recogen también las vidas útiles de las instalaciones, entre 20 y 30 años. Respecto a la retribución, todos los años se incrementará la retribución percibida un 1% hasta el final de la vida útil de la planta.

El recorte en función de la tecnología de la que se trate también es un hecho palpable, aunque en ocasiones incluso se obtenga ligera mejoría.

Hay que tener presente que también sería un hecho bastante digerible para la ciudadanía que se hiciera lo propio con las instalaciones del régimen ordinario sobre las cuales se desconoce la rentabilidad razonable de cada una de ellas. En todo caso el ejercicio sería mucho más sencillo ya que el número de estándares necesarios sería mucho menor. ¿Veremos algún día esto, o por el contrario nos quedaremos con las ganas, con Ministros que no quieren tocar a las eléctricas?

Compartir:

¿Quieres llevar tu carrera al siguiente nivel?

Formación de posgrado diseñada para profesionales en activo

Últimos artículos

Qué es la economía y qué estudia: definición, conceptos básicos, diferencias entre micro y macroeconomía y ejemplos reales para entenderla fácil.