Dada la importancia que los EPIS reciben por parte de la LPRL y por consiguiente del master en prl, vamos a dedicar esta nueva entrada y las siguientes a este tema.
Los EPI deberán utilizarse cuando existan riesgos para los trabajadores que no hayan podido evitarse o limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo.
Como orientaciones de situaciones en las que se deben utilizar los EPI se dan las siguientes:
- Si tras la evaluación de un determinado riesgo, las medidas técnicas y organizativas posibles no garantizan que las mismas puedan evitar el riesgo.
- Cuando la implantación de las medidas de tipo técnico y organizativo requiera un tiempo, como medida transitoria y hasta que dicha implantación se realice con plena eficacia, si el trabajador implicado no se encuentra ante situaciones de riesgo grave e inminente.
- En situaciones donde no existen soluciones técnicas razonables ni de otro tipo que resuelvan el problema, hasta que el progreso de la técnica lo permita, se utilizarán EPI.
- Las situaciones donde se han detectado riesgos y se presenten dificultades de evaluación de los mismos por no existir elementos apropiados para realizar dicha evaluación.
- Aquellas situaciones de mantenimiento, reparación de averías y transformación de equipos que, al ser situaciones o condiciones de trabajo, frecuentemente imprevisibles, en las que los sistemas de protección pueden estar anulados.
